Bases del Sorteo Benéfico
Fiestas de Santa Rosa de Lima 2026
Sorteo del lunes 31 de agosto de 2026 · Piso Firme, Gáldar (Gran Canaria)
💶 Donativo 1 € · 2 números
🎯 Un solo ganador
📅 31 ago 2026
⏰ Caduca 30 días
Entidad organizadora
La Asociación de Vecinos “El Juncal”, con CIF G35257344, inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias con el número 482, y domicilio social en Ctra. GC-293, Piso Firme s/n, 35460 Gáldar (Las Palmas), organiza el presente sorteo benéfico con motivo de las Fiestas de Santa Rosa de Lima 2026.
Naturaleza y finalidad
Se trata de una rifa benéfica de carácter ocasional, sin ánimo de lucro, cuya recaudación íntegra se destinará a sufragar los gastos de las fiestas patronales en honor a Santa Rosa de Lima del barrio de Piso Firme y demás barrios del ámbito de actuación de la Asociación.
La rifa se ajusta a los supuestos exentos de autorización administrativa previstos en la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas de Canarias, y demás normativa concordante, por organizarse por entidad sin ánimo de lucro, con fines benéficos y carácter ocasional.
Número de boletos, numeración y precio
Se emiten cinco mil (5.000) boletos numerados correlativamente. Cada boleto incorpora dos (2) números, de tal forma que el conjunto de boletos cubre la totalidad de las combinaciones de cuatro cifras de 0000 a 9999, ambos incluidos.
La numeración se asigna del siguiente modo: el boleto número uno incorpora los números 0000 y 0001; el boleto número dos los números 0002 y 0003; y así sucesivamente hasta el boleto número cinco mil, que incorpora los números 9998 y 9999.
El donativo para la adquisición de cada boleto es de UN EURO (1,00 €). Cada boleto contiene además un código alfanumérico único de verificación, impreso en su anverso, que permite a la organización validar la autenticidad del boleto en caso de reclamación del premio.
Puntos de venta y plazo de adquisición
Los boletos se venderán a través de los vendedores autorizados por la Junta Directiva de la Asociación y en los puntos de venta que se anuncien por los medios habituales de la entidad (web, redes sociales y tablones del barrio).
El plazo de venta finaliza el mismo día del sorteo, 31 de agosto de 2026, a las 20:00 horas, o antes si se agotaran los boletos.
Premio
Se establece un único premio que será entregado íntegramente a un único ganador. El premio consiste en un lote indivisible compuesto por:
300 €
+ pack de regalos
- Trescientos euros (300,00 €) en metálico
- Una cena para dos personas
- Un bono de spa para dos personas
- Una visita a finca para dos personas
- Un pack solar
- Un mes de gimnasio
El premio es indivisible: el ganador recibe el lote completo o, en su caso, su equivalente. La identidad concreta de los establecimientos colaboradores y las condiciones particulares de uso de cada regalo (fechas, reservas, vigencia) se publican en el sitio web de la Asociación y se entregan por escrito al premiado.
La cena para dos personas podrá ser canjeada, a elección expresa del ganador formulada por escrito en el momento de la entrega del premio, por la cantidad de CINCUENTA EUROS (50,00 €) en metálico. Esta opción se aplica exclusivamente a la cena; el resto del lote deberá recibirse en especie. La elección efectuada será irrevocable.
Mecanismo del sorteo
El número premiado se determinará por las CUATRO ÚLTIMAS CIFRAS del número extraído en el Sorteo del Cupón Diario de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) celebrado el lunes 31 de agosto de 2026.
Por cubrir los 5.000 boletos la totalidad de combinaciones de cuatro cifras, el sorteo garantiza un único ganador. Resultará premiado el boleto que contenga, entre sus dos números, la combinación coincidente con las cuatro últimas cifras del cupón premiado de la ONCE.
En el supuesto excepcional de que el Sorteo del Cupón Diario de la ONCE de la fecha indicada fuera suspendido, anulado o aplazado por causa de fuerza mayor, el número premiado se determinará por el mismo procedimiento utilizando el sorteo inmediatamente posterior celebrado por la ONCE, comunicándose a través de los canales oficiales de la Asociación.
Comprobación y entrega del premio
Para reclamar el premio, el portador del boleto premiado deberá presentarlo físicamente y en buen estado en la sede de la Asociación, dentro del plazo previsto en el artículo 8. La organización comprobará la autenticidad del boleto cotejando el número y el código alfanumérico de verificación impreso en el mismo.
La entrega del premio se documentará mediante acta firmada por el premiado y por dos miembros de la Junta Directiva, en la que se identificará al ganador, el boleto premiado y el lote entregado.
La organización no entregará el premio sin la previa exhibición del boleto físico original. No se admitirán fotocopias, fotografías ni reproducciones de ningún tipo.
Plazo para reclamar el premio
El plazo para reclamar el premio es de TREINTA (30) DÍAS NATURALES contados desde el día siguiente al de la celebración del sorteo. Transcurrido dicho plazo sin haberse personado el portador del boleto premiado, el premio se considerará caducado y el importe en metálico, así como los regalos no entregados, quedarán a disposición de la Asociación para destinarlos a los fines asociativos.
Identificación del premiado y datos personales
Para la entrega del premio será necesario que el premiado se identifique mediante documento oficial (DNI, NIE o pasaporte). El tratamiento de los datos personales del premiado se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con la única finalidad de gestionar la entrega del premio y cumplir las obligaciones legales y contables derivadas.
La Asociación, como responsable del tratamiento, conservará dichos datos durante los plazos legalmente exigibles. El premiado podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad dirigiéndose por escrito a la sede de la Asociación o al correo asociacioneljuncal1@gmail.com.
Fiscalidad del premio
Conforme a la normativa vigente, los premios cuya cuantía no supere los umbrales establecidos legalmente no están sujetos a retención. En todo caso, la tributación del premio en sede del ganador corresponderá a éste con arreglo a su situación personal y la normativa fiscal aplicable, sin que la Asociación asuma obligación alguna distinta de las que le correspondan como entidad organizadora.
Pérdida, sustracción o deterioro del boleto
La organización no se hace responsable de la pérdida, sustracción, destrucción o deterioro del boleto. El premio se entregará únicamente al portador del boleto físico original cuyo número y código de verificación coincidan con los registros de la organización. La Asociación se reserva el derecho de no entregar el premio en caso de que el boleto presentado muestre signos de alteración, falsificación o no se corresponda con los registros oficiales.
Publicidad del resultado
El número premiado y, salvo que el ganador manifieste su oposición expresa, su nombre y la fotografía de la entrega, se publicarán en la web y en las redes sociales de la Asociación, así como en los tablones del barrio, dentro de los siete (7) días siguientes a la entrega del premio.
Aceptación de las bases
La adquisición del boleto implica el conocimiento y la aceptación íntegra de las presentes bases. La Asociación se reserva el derecho de interpretar las dudas que pudieran surgir en su aplicación, así como de modificarlas por causa justificada, dando publicidad a cualquier modificación por los canales habituales.
Reclamaciones y jurisdicción
Cualquier reclamación relativa al sorteo deberá dirigirse por escrito a la Asociación de Vecinos “El Juncal” en su domicilio social o al correo electrónico asociacioneljuncal1@gmail.com, en el plazo máximo de quince (15) días desde la fecha del sorteo. Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Las Palmas de Gran Canaria, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Publicación y vigencia
Las presentes bases se publican en asociacioneljuncal.org/rifa, se depositan en la sede de la Asociación a disposición de quien las solicite, y entran en vigor el día de su publicación, manteniéndose vigentes hasta la entrega del premio o, en su defecto, la finalización del plazo previsto en el artículo 8.
En Piso Firme, Gáldar (Gran Canaria), a 1 de junio de 2026.